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DERECHOS CULTURALES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y NEGROS O AFROECUATORIANOS


Si bien es cierto, para empezar, la cultura se refiere a un conjunto de bienes espirituales o materiales de un grupo social transmitido de generación en generación, con la finalidad de poder orientar las prácticas individuales y colectivas. Que incluyen lengua, procesos, modos de vida, costumbres, tradiciones, hábitos, gastronomía, valores, patrones, herramientas y conocimiento.

Es por eso que, en los pueblos, se van desarrollando su cultura, en la cual se forma de vida, organización social y jurídica.

es por eso que en el Art. 44.- Del código de la niñez sobre los Derechos culturales de los pueblos indígenas y negros o afroecuatorianos.­Todo programa de atención y cuidado a los niños, niñas y adolescentes de las nacionalidades y  pueblos indígenas, negros o afroecuatorianos, deberá respetar la cosmovisión, realidad cultural y conocimientos de su respectiva nacionalidad o pueblo y tener en cuenta sus necesidades específicas, de conformidad con la Constitución y la ley. Las entidades de atención, públicas y privadas, que brinden servicios a dichos niños, niñas y  adolescentes, deberán coordinar sus actividades con las correspondientes entidades de esas nacionalidades o pueblos.


Cuando nos referimos a cultura, hablamos de un término grande, en el que están implementadas varios significados, en este caso se puede mencionar sobre su oposición y aspectos genéticos o biológicos.

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a participar libremente en todas las expresiones de la vida cultural. En el ejercicio de este derecho pueden acceder a cualquier espectáculo público que haya sido calificado como adecuado para su edad, por la autoridad competente. Es obligación del Estado y los gobiernos seccionales impulsar actividades culturales, artísticas y deportivas a las cuales tengan acceso los niños, niñas y adolescentes.


Toda persona tiene derechos culturales, el derecho a la ciencia y el derecho a la protección de los intereses de autoría. Estos garantizan el derecho a participar y disfrutar de los beneficios de la cultura y la ciencia, y se refieren a la búsqueda del conocimiento, la comprensión y la creatividad humana. Estos derechos son una parte importante de la armonía social y están estrechamente relacionados con los derechos a la educación y a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Los derechos culturales no pueden, sin embargo, ser utilizados como justificación de prácticas que discriminen a grupos específicos o violen otros derechos humanos.


por otra parte, La Declaración de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural establece que “la cultura debe ser considerada el conjunto de los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social.



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